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Decreto 1048 de 2026: Todo lo que debe saber el transporte especial en Colombia

Flota de vehículos empresariales de transporte especial en Colombia, cumpliendo el Decreto 1048 de 2026

El decreto 1048 del 5 de agosto de 2026 cambió las reglas del transporte especial en Colombia. En este video, Corina Solano, abogada especialista en contratación estatal, explica los 9 puntos clave que toda empresa del sector debe conocer y aplicar de inmediato.

Flota de vehículos empresariales de transporte especial en Colombia, cumpliendo el Decreto 1048 de 2026
El Decreto 1048 de 2026 establece nuevas reglas de habilitación, flota y control para las empresas de transporte especial en Colombia.

Fuente oficial: puede consultar el texto completo del decreto en el Régimen Legal de Bogotá (SISJUR).

Resumen rápido

  • La inspección y control pasan a la Superintendencia de Transporte.
  • Las empresas deben ser dueñas de al menos el 10% de su capacidad transportadora.
  • Los convenios de colaboración empresarial no pueden superar el 40% del parque vinculado.
  • Los contratos de vinculación de flota duran 2 años, sin renovación automática.
  • Se exigen controles de alcohol cada 15 días y de sustancias psicoactivas cada 3 meses.
  • Toda empresa debe contar con una plataforma de monitoreo en tiempo real y gestión de fatiga.

¿Por qué cambió el decreto?

El decreto 1048 de 2026 nació para actualizar las reglas del sector del transporte especial, fortalecer la seguridad vial, modernizar la tecnología y establecer controles más estrictos sobre las empresas habilitadas. Su aplicación es inmediata, aunque algunos desarrollos tienen plazos específicos a cargo del Ministerio de Transporte.

Los 9 cambios principales del Decreto 1048 de 2026

1. Inspección, vigilancia y control

Queda a cargo de la Superintendencia de Transporte, que ejercerá supervisión directa sobre las empresas del sector.

2. Plan de rodamiento

Implica la utilización completa de los vehículos y su mantenimiento. Las empresas deben garantizar que toda la flota esté operativa y en buen estado.

3. Habilitación y organización empresarial

Las empresas deben mantener los requisitos obtenidos para su capacidad transportadora: estructura administrativa, financiera, contable, operacional, de seguridad vial y de tecnología e informática.

4. Capacidad transportadora

Cada empresa debe acreditar como mínimo la propiedad del 10% de su capacidad transportadora. Si su empresa está evaluando cómo vincular o afiliar vehículos con placa blanca, este porcentaje es clave para cumplir con el decreto.

5. Convenios de colaboración empresarial

La empresa que entrega vehículos en convenio podrá aportar máximo el 40% de su parque automotor vinculado con tarjeta de operación vigente.

6. Contrato de vinculación de flota

Ahora debe ser por 2 años sin renovación automática. Si se requiere renovar, debe firmarse un contrato nuevo. La desvinculación puede ser unilateral, con preaviso de 2 meses y constancia de envío y recepción de la terminación.

7. Nuevas obligaciones operacionales

  • Mantenimiento preventivo bimestral
  • Seguimiento de accidentalidad
  • Controles de seguridad vial
  • Atención a usuarios y verificación de infracciones
  • Controles aleatorios de alcohol cada 15 días
  • Controles de sustancias psicoactivas cada 3 meses

8. Tecnología y monitoreo

Las empresas deben contar con una plataforma tecnológica que monitoree en tiempo real la operación de vehículos, conductores y servicios, y que gestione la fatiga — como la plataforma de gestión de transporte de Estarter. El Ministerio de Transporte tiene 6 meses de plazo para reglamentar la gestión de fatiga.

9. Vigencia y plazos

El decreto está vigente con aplicación inmediata. Algunos desarrollos posteriores quedan a cargo del Ministerio de Transporte con plazos específicos.

Resumen: ¿Qué debe cumplir su empresa ya?

ObligaciónPlazo
Habilitación y estructura empresarialInmediato
Límite del 40% en convenios de colaboraciónInmediato
Nuevas reglas de vinculación de flota (2 años, sin renovación automática)Inmediato
Mantenimiento preventivo bimestral y controles operacionalesInmediato
Plataforma tecnológica de monitoreo y gestión de fatiga6 meses (Ministerio de Transporte)

¿Cómo puede ayudarle Estarter?

En Estarter ya contamos con gran parte de la implementación del decreto 1048 de 2026. Nuestros sistemas de monitoreo en tiempo real, controles de seguridad vial y gestión de flota están diseñados para que su empresa cumpla la normativa vigente sin traumatismos.

¿Quiere saber cómo adaptar su empresa al nuevo decreto? Contáctenos y un experto le orientará.

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